¿Quién no puede votar en las elecciones generales del 29N?

Fuente: Antena 3 Noticias: Última hora en España y el mundo · politica · nacional, España

¿Quién no puede votar en las elecciones generales del 29N?

El próximo 29 de noviembre , España está llamada a las urnas . Pedro Sánchez decidió convocar elecciones generales anticipadas después de que el Congreso tumbase los dos decretos de vivienda, con los votos en contra de PP, Vox y Junts. Desde entonces parece haber pasado un siglo. En total 38.728.356 electores están llamados a ejercer su derecho a voto , de ellos el 8,4% 3.267.159 personas son menores de 25 años. De las personas con derecho a voto que viven en territorio nacional, 1.615.127 podrán participar por primera vez en unos comicios. Pero, ¿quién no puede votar? La ley exige que para poder votar en España, primero hay que ser mayor de edad , después tener la nacionalidad española y además figurar en el censo electoral. Con estos criterios fijados hay una serie de supuestos por los que la persona no puede votar. La Ley Orgánica 2/2018 tumbó dos particularidades que negaban el derecho a voto y que afectaba a: Con la modificación de la norma el texto quedó finalmente redactado así: "Toda persona podrá ejercer su derecho de sufragio activo, consciente, libre y voluntariamente, cualquiera que sea su forma de comunicarlo y con los medios de apoyo que requiera". En el artículo tercero de la LOREG lo que sí aparece es la siguiente exclusión: "Los condenados por sentencia judicial firme a la pena principal o accesoria de privación del derecho de sufragio durante el tiempo de su cumplimiento". Esto no significa que cualquier persona que esté condenada pierda por ello el derecho a voto . Tampoco significa que quien está inhabilitado para presentarse a las elecciones no pueda votar. Es importante comprobar que se está inscrito en el censo electoral. La LOREG establece que el censo para cada elección "será el cerrado el día primero del segundo mes anterior a la convocatoria", en este caso en concreto se cerró el 1 de agosto. En él se incluye a las personas que el día de la votación tengan los 18 años y está compuesto por el censo electoral de españoles residentes en España (CER) y también por el censo electoral de españoles residentes-ausentes que viven en el extranjero. Cualquier persona puede presentar reclamaciones relativas a sus datos censales. En estas elecciones ocurre una particularidad después de que el Tribunal Supremo haya ordenado suspender el voto a miles de españoles que consiguieron su nacionalidad por la llamada ley de nietos. El auto del Supremo no retira la nacionalidad, tampoco pide que se revise, pero sí limita su derecho a voto. Es una medida cautelar por lo que no quiere decir que las personas afectadas para estas elecciones del 29 de noviembre no puedan votar en las siguientes o incluyo que ya hayan ejercido con anterioridad su derecho a voto. Están afectados quienes se inscribieron en el CERA después de conseguir la nacionalidad por la ley de nietos argumentando el supuesto de haber nacido fuera de España, pero tener un padre, una madre, un abuelo o una abuela que eran españoles y que perdieron o renunciaron a su nacionalidad por el exilio. La instrucción de Justicia consideró exiliados a todos los que dejaban España durante la Guerra Civil y los primeros años del franquismo provocando que los consulados no hayan pedido documentación relacionada con el exilio, es decir, bastaba con acreditar la relación de parentesco antes explicada para pedir la nacionalidad. Antes de decidir el voto, toca conocer las propuestas. Los partidos no tienen una fecha común para publicar sus programas. Te explicamos dónde buscarlos y qué comprobar. El líder del PP plantea desplegar al Ejército en Ceuta si Marruecos no frena nuevas entradas masivas y promete convocar elecciones si no logra aprobar los presupuestos.

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