Cómo evitar sanciones por una gestión incorrecta de la formación

Fuente: Revista Pyme · sociedad · nacional, España

Cómo evitar sanciones por una gestión incorrecta de la formación

Las empresas españolas tienen por delante los últimos meses de 2026 para revisar las bonificaciones aplicadas a la formación de sus empleados y comprobar que cumplen los requisitos exigidos. Una gestión incorrecta de estos incentivos puede obligar a devolver las cantidades descontadas de las cotizaciones, incluso años después de haber finalizado los cursos. Los datos de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social correspondientes a 2025 reflejan la dimensión de este problema. Durante ese ejercicio se registraron 32.889 infracciones relacionadas con las bonificaciones de formación profesional para el empleo y se tramitaron expedientes liquidatorios por un importe de 29,35 millones de euros. A estas cifras se suma la campaña de regularización anunciada el pasado 28 de julio, mediante la que la Inspección comunicó a 13.660 empresas y entidades la detección de posibles bonificaciones indebidas correspondientes a 29.624 acciones formativas. La iniciativa ofrecía a las organizaciones la posibilidad de devolver voluntariamente las cantidades afectadas antes del inicio de actuaciones inspectoras. Ante esta situación, Evoluciona Formación recomienda aprovechar el cierre del ejercicio para comprobar que las acciones formativas realizadas durante el año están correctamente justificadas y que cada expediente dispone de la documentación necesaria. “Una empresa puede descubrir años después que debe devolver una bonificación que daba por cerrada. Por eso, es importante comprobar que las acciones formativas están correctamente justificadas. La documentación debe formar parte de la gestión del curso desde el primer día”, advierte Beatriz Rodríguez, directora comercial de la compañía. Uno de los aspectos que deben tener en cuenta las organizaciones es que aplicar una bonificación no pone fin a sus obligaciones. FUNDAE exige conservar durante cuatro años la documentación acreditativa de las acciones formativas bonificadas, por lo que las empresas deben poder demostrar quién participó en cada curso, cómo se impartió y qué costes se imputaron. También es importante comprobar que los importes aplicados se ajustan a los límites establecidos. Disponer de crédito para formación no significa que cualquier curso pueda bonificarse íntegramente. La cantidad bonificada no puede superar el crédito disponible de la empresa, el coste de la formación ni los límites máximos establecidos para cada acción. En la práctica, debe aplicarse el menor de estos tres importes. Los errores en las comunicaciones, las bonificaciones fuera de plazo o los gastos que no puedan justificarse pueden dar lugar a resultados no conformes. Cuando se detectan diferencias o incumplimientos, la empresa dispone de diez días hábiles para aportar documentación que respalde la bonificación aplicada. “El crédito disponible no es una garantía de devolución del coste. Antes de aplicar la bonificación, hay que comprobar qué importe puede justificarse y si se cumplen todos los requisitos”, explica Rodríguez. Por ello, la compañía aconseja revisar los importes bonificados durante 2026 y verificar que cada acción formativa cuenta con los controles de asistencia, evaluaciones, certificados y facturas correspondientes. Esta comprobación permite detectar posibles errores administrativos y asegurar que las bonificaciones pendientes se tramitan dentro de los plazos establecidos. La gestión laboral afronta una nueva etapa marcada por la llegada de la inteligencia artificial al software empresarial. En un... T.a.i. Editorial S.A. ®, marca registrada 2023 | Aviso Legal | Política de Privacidad | Política de Cookies | Anúnciese aquí T.a.i. Editorial S.A. ®, marca registrada 2023 | Aviso Legal | Política de Privacidad | Política de Cookies | Anúnciese aquí

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